martes, 11 de noviembre de 2014

Régimen de Prima Media

El Régimen de Prima Media - RPM, es aquel mediante el cual, los afiliados o sus beneficiarios obtienen una Pensión de Vejez, Invalidez o Sobrevivientes, o en su defecto, la indemnización Sustitutiva también denominada devolución de saldos, según lo establecido en la Ley.

A éste Régimen, serán aplicables las disposiciones vigentes para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo de COLPENSIONES con las adiciones, modificaciones y excepciones contenidas en la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 de 2003.

Características del Régimen de Prima Media:
  • Es solidario
  • Los aportes de los afiliados y sus rendimientos, constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones de quienes tengan la calidad de pensionados.
  • El Estado garantiza el pago de los beneficios a que se hacen acreedores los afiliados y sus beneficiarios.
El monto de la pensión, la edad de jubilación y las semanas mínimas de cotización están debidamente preestablecidas.




Referencia:http://www.lapatria.com/tags/colpensiones-pensionados






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